El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español

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El deber de información país por país o IPP constituye una de las novedades más relevantes en el panorama de la imposición sobre sociedades a nivel internacional. Surgida en el contexto del Plan de Acción BEPS de la OCDE, esta medida pretendía desde el principio servir en la evaluación de resultados del sistema vigente del impuesto sobre sociedades y análogos, aplicados a aquellas entidades que conforman el llamado grupo multinacional. En este contexto, el trabajo se ha centrado en analizar los elementos normativos del deber IPP y su encaje en el marco normativo actual en nuestro ordenamiento jurídico, el efecto de la coexistencia de distintos marcos normativos aplicables a las entidades de estos grupos (tanto desde una perspectiva de coherencia normativa como de fiabilidad de los resultados de la evaluación de riesgos), y su potencial como elemento para el diseño de medidas BEPS pendientes de implementar a nivel internacional, como las derivadas del Pilar 2 de la OCDE, o la reactivación del proyecto BICCIS de la Unión Europea.