Читать книгу Digitalización de la actividad societaria de Cooperativas y Sociedades Laborales онлайн
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Siendo tan amplio el campo de estudio que la nueva realidad proyecta, es necesario que acotemos la materia sobre la que nos vamos a centrar. En primer lugar, hay que advertir que sólo vamos a analizar el uso de las nuevas tecnologías en relación con la constitución y el funcionamiento corporativos de las sociedades mercantiles cerradas, normalmente PYMEs, teniendo presente, si es que fuera preciso, las singularidades tipológicas de las sociedades laborales y las sociedades cooperativas. Aunque la reforma en 2017 de la Ley de Sociedades de Delaware es el primer precedente de regulación jurídico-positiva del uso de la DTL en Derecho de sociedades, ésta se refiere a sociedades cotizadas; en concreto para implementar en Blockchain los registros relacionados con las acciones de las sociedades incorporadas en Delaware, que son la mayor parte de las grandes sociedades de los Estados Unidosssss1. A ésta le han seguido otras como la ley de Modernización de la Ley de Compañías de Ecuador de 10 de diciembre de 2020 en la que sí se contempla el uso de la tecnología de bloques para sociedades abiertas y cerradas ya que introdujo, por primera vez en la legislación ecuatoriana, la posibilidad de usar la tecnología Blockchain para la representación, registro y transferencia de acciones de las compañías anónimas y de las sociedades por acciones simplificadasssss1. Como iremos viendo, el tamaño sí importa en estas cuestiones, por lo que las opciones funcionales y legislativas deben tener en consideración las singularidades tipológicas presentes en las sociedades cerradas, sobre todo las de pocos socios, así como las condiciones que las tecnologías imponen o introducen en aquéllas en cuanto a su uso; lo que iremos analizando a lo largo del trabajo.