Читать книгу Abuso de dependencia y abuso de influencia.Tres visiones jurídicas de la vulnerabilidad de los mayores онлайн

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En la agenda de desarrollo social y los derechos humanos en el mundo, el núcleo de los ODS pivota en torno a dos elementos: el compromiso básico de que nadie se quede atrás y el esfuerzo por llegar primero a los más vulnerables. Ambos confirman la inclusión –aunque sea de manera tácita– de las personas mayores y sus necesidades en la Agenda de Desarrollo 2030. Las personas mayores pueden incorporarse en su ejecución y seguimiento a través de algunos ODS. Es más, si sus necesidades e intereses se enfocan de manera transversal, se posibilita que se identifique en algunos de los ODS un campo de acción que, aunque no les incluyen de manera particular, son extensivos a ellos.

En el plano regional, en 2020, el Instituto de Derecho Europeo (ELI, en sus siglas en inglés) aprobó el informe Protección Internacional de Adultos vulnerablesssss1. Este informe pone de manifiesto, entre otras cuestiones, la urgente necesidad de que la Unión Europea aborde acciones enfocadas en este sector poblacional. Además, analiza las distintas bases competenciales de la UE para afrontar el tema de los adultos vulnerables; propone una serie de estrategias –de acción exterior e interior–, que podría abordar la Unión Europea; elabora una propuesta de Reglamento europeo que podría complementar al Convenio de La Haya de 2000 sobre Protección internacional de adultos y, por último, plantea una lista de cuestiones a tener en cuenta a la hora de otorgar un mandato de protección.

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