Читать книгу El nuevo marco legal de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia en España онлайн

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Remitido el proyecto al Senado este dispone, según mandato constitucional, del plazo de dos meses para la tramitación de la norma en cuestión, o de 20 días en caso de que se haya declarado urgente, que no fue el supuesto de la LOPIVI. En el Senado se presentaron 409 enmiendas y 16 votos particularesssss1. Fueron aceptadas muchas de las modificaciones planteadas lo que hizo necesario que la norma fuera nuevamente remitida al Congreso de los Diputadosssss1.

De vuelta en el Congreso, el Pleno votó las enmiendas del Senado aceptándose casi todas ellas, salvo tres. La primera modificación que no fue aceptada fue del art. 4 LOPIVI, que entre los principios y criterios generales de interpretación del interés superior del menor pretendía añadirse a los ya previstos en la LOPJM el de la “permanencia, siempre que sea posible, en el entorno familiar”ssss1. Las dos siguientes hacían referencia a la modificación del art. 28 LOPIVI. El art. 28 LOPIVI recoge las medidas a adoptar en la situación de ruptura familiar. Las enmiendas pretendían introducir dos nuevos apartados. En la letra a) la mediación entre las medidas que habrán de impulsar las Administraciones Públicas para proteger a los menores en situaciones de ruptura familiar y en la letra b) se contemplaba la previsión de que, en beneficio del menor, el juzgado que conozca de un procedimiento de conflicto parental derive a los niños, niñas o adolescentes a los servicios públicos de apoyo o mediación familiar, salvo en casos de violencia de génerossss1.

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