Читать книгу Comentarios a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética онлайн
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En realidad, lo que se quiere poner de manifiesto es que la acción humana, las formas de vida, de trabajo y de desarrollo económico están llamadas a causar un daño real sobre el ecosistema en el que desarrollamos la actividad como consecuencia del deterioro del hábitat y de la propia conformación química de la atmosfera.
El MITERD formula una definición del cambio climático que puede servir a un propósito general y que se identifica en los siguientes términos: “…Se llama cambio climático a la variación global del clima de la Tierra. Esta variación se debe a causas naturales y a la acción del hombre y se produce sobre todos los parámetros climáticos: temperatura, precipitaciones, nubosidad, etc., a muy diversas escalas de tiempo.
En la actualidad existe un consenso científico, casi generalizado, en torno a la idea de que nuestro modo de producción y consumo energético está generando una alteración climática global, que provocará, a su vez, serios impactos tanto sobre la tierra como sobre los sistemas socioeconómicos…”ssss1.