Читать книгу Curso de derecho constitucional Tomo II. Aspectos dogmáticos de la Carta Fundamental de 1980 онлайн

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Ángela Vivanco Martínez

Santiago de Chile, abril de 2021

ASPECTOS PRELIMINARES: ANTECEDENTES DE LA CARTA FUNDAMENTAL DE 1980

El 11 de septiembre de 1973, con el derrocamiento del gobierno del presidente Salvador Allende y el advenimiento de uno compuesto por una Junta Militar integrada por cuatro miembros (el Comandante en Jefe de cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros), comenzó un proceso de análisis y estudio respecto de las diversas instituciones existentes en el país, avanzándose por un camino que se sustentaría en la revisión crítica de las bases sobre las que se cimentaba el Estado chileno hasta esa fecha, todo lo cual culminaría con la creación de lo que dio en llamarse una “nueva institucionalidad” para Chile.

Con anterioridad a esa fecha, el constituyente de nuestro país consagró como cartas fundamentales: el Reglamento Constitucional de 1812 (proyecto aprobado por una comisión integrada por Manuel de Salas, Francisco Antonio Pérez, el padre Camilo Henríquez, Francisco de la Lastra, Hipólito de Villegas, Jaime Zudáñez y el cónsul norteamericano Joel Robert Poinsett, bajo el gobierno de José Miguel Carrera), el Reglamento Constitucional de 1814 (propio de los vaivenes de guerra que libraba Chile, promulgado bajo el gobierno de una Junta integrada por Eyzaguirre, Infante y Pérez), la Constitución provisoria de 1818 (aprobada por un plebiscito bajo el gobierno de Bernardo O’Higgins y propia de una situación de emergencia), la Constitución de 1822 (cuyo texto y estructura se ciñó casi en su totalidad a la Constitución española promulgada en 1812 en las Cortes de Cádiz, tomando algunas disposiciones de la provisoria de 1818, promulgada bajo el gobierno de Bernardo O’Higgins), la Constitución de 1828 (redactada por José Joaquín de Mora, basándose también en la citada Constitución española de 1812 y en el proyecto federal que, años antes, propiciara José Miguel Infante, aprobada por el Congreso), la de 1833 (al parecer, redactada por Andrés Bello, Manuel José Gandarillas y Mariano Egaña, aprobada por una Gran Convención creada a1 efecto y promulgada bajo el gobierno de Joaquín Prieto) y la Constitución de 1925 (aprobada por plebiscito y promulgada bajo el gobierno de Arturo Alessandri).

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