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47. Poco después de ese claustro, en el de 20-XII-1736 se recordó que desde 1728 el rey tenía «tomada la mano» en el asunto relativo al alcance de la bula de Paulo III (AUSA 205, ff. 17r-19r), y en la junta de juristas sobre los nuevos estatutos celebrada el 4-II-1737 se decidió no remitir al Consejo las razones de la Universidad para hacer los nuevos estatutos hasta que aquél no se las pidiera y que, en relación con el tema de fondo pendiente desde 1728, se empezara a trabajar sobre los siete puntos planteados por Bernardino Francos a favor de la facultad estatutaria que le concedía la bula (AUSA 205, ff. 56v-58r). Se repartieron los puntos entre los comisarios para su desarrollo, pero no tengo noticias de que esos trabajos llegaran a hacerse.

48. AUSA 232, ff. 59r ss. A raíz de que se constataran fraudes en la Facultad de Medicina sobre dispensas de cursos.

49. Id., f. 60rv.

50. Leída en el claustro pleno de 6-III-1770, se acordó obedecer, guardar y cumplir lo ordenado en ella e imprimirla para repartir entre los graduados (AUSA 236, ff. 59r-60v). Se incluyó en la Colección de los Reales Decretos… cit, pp. 254-264 y en la Novísima Recopilación, NoR VIII, 8, 7.

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