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Uso de animales para consumo

Sacrificio de animales para consumo humano

El epa de 1989 destinó el capítulo v (artículos 17 a 22) para regular el sacrificio de animales en general. Pero en cuanto al sacrificio de animales para consumo humano, simplemente remite a las normas sanitarias y a las “posibilidades tecnológicas” de cada matadero para evitar el “deterioro, desperdicio o pérdida de calidad de su carne y pieles por maltrato involuntario”93.

Sin embargo, gracias a la Ley 1774 de 2016 se adicionó un capítulo sobre “Bienestar animal para las especies de producción en el sector agropecuario” al Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural94. Este dio un marco general para instaurar una nueva política de bienestar animal que reformulase varias prácticas en cada una de las especies de producción, aunque pese al plazo otorgado de doce meses, aún tiene varias tareas pendientes.

El proceso de sacrificio y/o la obtención de beneficio de los animales para consumo humano dependen, principalmente, de tres instituciones en Colombia. En general, del Ministerio de Salud y Protección Social, y en particular, del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y del Instituto Colombiano Agropecuario (ica).


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