Читать книгу Los Servicios Sociales en la provincia de Valencia. Análisis territorial, estado de la cuestión онлайн

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El tema de la COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN intra sistema o entre sistemas del bienestar es bastante escueto en la legislación básica consultada, aunque algunas CC. AA mencionan la forma de realizar la coordinación intrasistema; Aragón, Castilla-León, Galicia, Navarra, Illes Balears y Catalunya, y tienen desarrollos concretos posteriores sobre la forma de llevarla a cabo. Pero la coordinación entre sistemas del bienestar ya es otro tema puesto que solo se detalla en Castilla-León que especifica que se realizará mediante protocolos (art. 9 de la Ley 16/2010 de Servicios Sociales), y en Catalunya23 e Illes Balears24 que hablan de crear un Consejo coordinación de Bienestar Social e incluso un Comité de evaluación de las necesidades sociales. El resto de CC. AA hacen referencia de forma vaga a esta coordinación/cooperación intra o inter sistemas en sus legislaciones básicas, o ni las mencionan.

Con respecto a las METODOLOGÍAS DE TRABAJO analizadas destaca que los/as ciudadanos/as tienen derecho a un profesional de referencia y un plan de atención social individual/familiar, que la ratio es de un trabajador social por cada 5.000 habitantes (media para los servicios comunitarios básicos), que pocos mencionan el trabajo en red y que solo Castilla-La Mancha menciona la existencia de un servicio social de urgencia. Respecto a la C.V., no existen referencias, ni preocupaciones metodológicas que se hayan plasmado en ningún documento, ni legislativo ni orientativo.

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