Читать книгу La democracia a prueba. Elecciones en la era de la posverdad онлайн

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Por lo que hace a las 32 distritaciones locales, el reto resultó inédito. Para empezar, se detectó que había entidades que no habían actualizado su respectivo mapa distrital para conformar el congreso local desde hacía más de un cuarto de siglo, como Nayarit, cuyo último ejercicio de actualización databa de 1990. En situación similar se encontraban otras cinco entidades, mientras que ocho más habían realizado su distritación en la primera década del siglo. Finalmente, 18 entidades contaban con distritaciones relativamente actuales, pero que se realizaron con criterios técnicos heterogéneos (cuadro 7).


En lo que hace a la actividad jurisdiccional con respecto a la distritación federal y las 32 distritaciones locales, se presentaron 66 quejas, el TEPJF confirmó en 64 casos y sólo se ordenaron ajustes menores en Oaxaca y Sinaloa. Es decir, la distritación logró un amplio consenso político y escasa litigiosidad jurídica.


Para cerrar este capítulo, cabe decir que confeccionar el padrón electoral desde una autoridad autónoma al gobierno, con la vigilancia de los partidos para asegurar –como ha ocurrido durante casi dos décadas y media– que no haya electores «rasurados» ni la posibilidad de que alguien vote dos veces, así como resguardar los datos sensibles de la ciudadanía, además de trazar mapas imparciales de representación política de la población, son tareas cumplidas, pero que no deben descuidarse hacia el futuro. La mejor forma de evitar que regresen las prácticas indeseables del pasado que ya fueron desterradas es no creer que el mero cambio de gobiernos o de personas asegurarán comportamientos virtuosos, sino preservar las instituciones y los procedimientos en los que descansan las garantías de los derechos políticos.


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