Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género онлайн

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La cuestión pendiente en el Plan de Acción es la falta de medidas para garantizar una transición adecuada a la mayoría de edad para que al cumplir los 18 años los menores no corran el riesgo de perder toda la protección y apoyo anteriormente recibidosssss1.

Otra norma de soft law de la UE que debemos destacar y tener en cuenta en el diseño de un sistema coordinado y común para los MENA es la Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2013, sobre la situación de los menores no acompañados en la UE [2012/2263(INI)], que vuelve a plantear la necesidad de protección de los menores, marcando una serie de líneas estratégicas de actuación para mejorar su acogida, protección e integración o la Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de mayo de 2018, sobre la protección de los menores migrantes [2018/2666(RSP)].

Por otra parte, en relación con los derechos de los menores en general, cabe destacar la Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2019, sobre los derechos del niño con ocasión de la celebración del 30 aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño [2019/2876(RSP)], que subraya la importancia que debe darse a la protección de los menores dentro de las políticas de la Unión. El Parlamento recuerda la prioridad que debe tener el interés superior del menor respecto de las políticas de migración y pide a la Comisión que renueve su Plan de acción sobre los menores no acompañados (que no tuvo continuidad tras el mencionado Plan 2010-2014). Insta por otra parte a los Estados miembros a aplicar en su totalidad el paquete del Sistema Europeo Común de Asilo para mejorar las condiciones de todos los menores migrantes, especialmente los no acompañados, y a que pongan fin a la detención de los menores en el contexto migratorio, elaborando alternativas comunitarias a la reclusión y dando prioridad a la integración, la educación y el apoyo psicológico de los menores (apdo. 35)

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