Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género онлайн

37 страница из 198

Por lo que se refiere a los NNANA, el caso Mubilanzila Mayeka and Kaniki Mitunga c. Bélgicassss1 constituye un referente. Como recuerda López Ullassss1, para considerar que se ha vulnerado el artículo 3 CEDH, el Tribunal en el caso Rahimi c. Grecia, como en el citado Mubilanzila Mayeka y Kanili Mitunga c. Bélgica, y en el asunto Rahimi, se apoya en el artículo 3 CDN utilizado como argumento fundamental, como ratio decidendi para poner de manifiesto la centralidad del principio del interés superior del menor (de acuerdo con la Observación general n.º 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial, y en el artículo 37 CDN que exige que un menor no quede privado de libertad a no ser que ninguna otra medida fuera posible.

Igualmente, el Tribunal ha actualizado e interpretado de forma abierta y finalista los artículos 5.1 y 5.4 CEDH a propósito de los NNANA de tal manera que de su jurisprudencia pueden extraerse los elementos que tensionan los mencionados preceptos y resultan inadmisibles en los casos de detención de menores. Por ejemplo, en el asunto Bubullima c. Greciassss1 el Tribunal entendió que se había violado el artículo 5.4 CEDH por considerar que los dos recursos que la ley griega había facilitado al demandante no habían respetado los requisitos de esta disposición del Convenio, en particular la relativa al “corto plazo”. Para cumplir las exigencias derivadas de los artículos 5.1 y 5.4 CEDH no basta con atender de manera genérica a las disposiciones del ordenamiento jurídico nacional aplicables al caso, si no que siempre hay que tomar en consideración la especificidad de la situación de los NNANA y tener en cuenta la efectividad de los recursos. Además, de la jurisprudencia reiterada del TEDH relativa al artículo 5.1 f se desprende que para no ser acusado de trato arbitrario en estos supuestos de detención tienen que concurrir estos elementos: la implementación de dicha medida de detención debe hacerse de buena fe; debe estar estrechamente relacionada con el objetivo de evitar que una persona ingrese de forma irregular al territorio; el lugar y las condiciones de detención deben ser apropiados; y por último, la duración de la detención no debe exceder el tiempo razonable necesario para alcanzar el objetivo perseguidossss1.

Правообладателям