Читать книгу Guía de Derecho Civil. Teoría y práctica (Tomo III). Teoría general del contrato y contratos en particular. онлайн

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Por todo lo anterior, se estima que en este caso concurren los requisitos para anular el contrato firmado por vicio del consentimiento, consistente en error al contratar, causado por la actuación de la entidad financiera que incumplió el deber de ofrecer al cliente la información clara y precisa sobre el producto, en la fase precontractual y en el momento mismo de contratar.

CUARTO.– CONSECUENCIAS JURÍDICAS DE LA NULIDAD DEL CONTRATO: DE LA RESTITUCIÓN DE LAS COSAS QUE HUBIEREN SIDO MATERIA DEL CONTRATO

En los supuestos de nulidad contractual y conforme al artículo 1303 CC, declarada tal nulidad, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubieran sido materia del contrato con sus frutos y el precio con los intereses. Se distingue entre que la causa torpe esté de parte de ambos contratantes o afecte a uno solo de ellos. En el presente caso la causa torpe esencial cabe sólo predicarla de la demandada (art. 1306 CC). La consecuencia jurídica de esta nulidad, conforme al art. 1303 CC, es la obligación de la demandada de restituir al actor el capital entregado para la compra de las participaciones.

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