Читать книгу Digitalización de la actividad societaria de Cooperativas y Sociedades Laborales онлайн
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2. Dentro de esta última categoría, cuya relativa imprecisión no impidió que fuera tomada como elemento esencial de delimitación subjetiva en el Anteproyecto de Código mercantil de 2014, hay que situar no sólo a las empresas mercantiles, propiamente dichas, entendiendo por tales aquellas en las que el titular no viene condicionado en su ejercicio por elementos externos a la propia explotación económica. Al lado de este supuesto, ciertamente mayoritario, encontramos también a aquellas figuras en las que la vigencia de ciertos criterios consolidados, como los principios cooperativos, la necesidad de satisfacer el interés general, como sucede en las fundaciones, o la presencia imprescindible de los intereses de los trabajadores en su titularidad, como es el caso de las sociedades laborales, delimitan y configuran el ejercicio de la actividad empresarial.
Con independencia de la inserción de dichas entidades en la llamada Economía social, es lo cierto que, por razones diversas, en buena medida derivadas de su heterogeneidad, no tiene la digitalización el relieve del que disfruta en la categoría de las entidades puramente mercantiles; ello es así, a pesar de que, como auténticos operadores económicos en el mercado, experimentan necesidades similares y requieren, para su funcionamiento eficiente, presupuestos equivalentes a los de aquellas. Se comprende, de este modo, que sea hoy un lugar común en el intenso debate relativo a la Economía Social el propósito de situar a sus distintas entidades, con plena legitimidad y operatividad, en el ámbito digital.