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No precisan “mineros”. Y no los requieren porque las partes del acuerdo de creación de la red se comprometen al mantenimiento de la misma.

Tampoco tienen los problemas de escalamiento y de latencia que tienen las redes públicas porque algunas transacciones tienen lugar solamente en la institución central, no en cada nodo. De esa manera, las Blockchain permisionadas podrían ser algo más que una versión más barata de las bases de datos y las transacciones actualesssss1. El mantenimiento económico de la red depende generalmente de la empresa que sostiene el proyecto ya que en las Blockchain privadas no se realizan, como se indicó, acciones de minería.

Por otra parte, el acceso al libro de transacciones o cualquier otro medio de información generado por la Blockchain es privado, por lo que son distintos los problemas que se plantean en materia de protección de datos respecto de las redes públicas. En realidad, “son precisamente las capacidades para generar redes privadas las que permitirían un cumplimiento de los derechos de acceso y rectificación de los datos personales o, al menos, facilitarían el cumplimiento del nivel normativo impuesto por el modelo europeo y mexicano de protección de datos personales, sin que existieran imposibilidades técnicas para tal fin”ssss1.

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