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ssss1.Dada la importancia, y como anécdota, la presidencia de la Junta es ocupada inicialmente por un ex ministro y ex embajador que dimite por motivos de salud (de hecho, moriría ese mismo año), D. Bernabé Dávila y Bertololi, será sustituido por Augusto González Besada, que es el ministro que firma la Ley de 1907. González Besada, del partido conservador, cesará por dimisión con el RD de la Gaceta de Madrid, núm. 8 de 8 de enero de 1916, (aunque no se diga en el decreto, lo hace a causa de la obtención de una nueva acta de diputado por Lugo), siendo sustituido por Diego Arias de Miranda y Goytia del partido liberal. D. Diego también había ocupado varias carteras ministeriales previamente, convirtiéndose la Junta en estos momentos en refugio de exministros.

ssss1.Tiene su interés analizar los sujetos que componen la junta, en la que encontramos varios directores generales, cargos políticos, bancarios y, en menor medida, técnicos. El director general de Deuda y clases pasivas. El Director General de Propiedades e impuestos. El director general de Agricultura, minas y montes. El director general de administración local. Dos senadores y dos diputados nombrados por la presidencia del Consejo de ministros. Dos ingenieros agrónomos y dos de montes nombrados por el Ministerio de Fomento. Dos representantes del Instituto de reformas sociales. Un representante del Banco de España y otro del Banco Hipotecario. Un representante de las entidades bancarias libres y un secretario general nombrado libremente por la junta, sin voto.

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