Читать книгу El reto de regular la elusión tributaria. Hacia el Derecho Tributario basado en la evidencia онлайн
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En consecuencia, la entrada en vigor de la transposición de estas normas debería constituir un remedio claro para delimitar qué hemos de entender por comportamiento elusivo legal, ajustado a Derecho, y qué por comportamiento elusivo-abusivo o ilegal (“planificación tributaria agresiva”).
Sin embargo, como recuerdan Gárate y Paz (2020):
“(…) plantea un buen número de dudas interpretativas que no quedan resueltas a partir de su análisis sistemático a la luz de las Directivas de la UE, ni atendiendo al Informe final OCDE/G20 sobre la Acción 2. Algunas de estas dudas podrían ser resueltas durante [su] tramitación (…) de manera que resulta aconsejable hacer el correspondiente seguimiento del mismo e ir analizando sus potenciales implicaciones en relación con todo tipo de operaciones vinculadas” (p. 2).
Habremos de seguir atentos.
Bernardo D. Olivares
Madrid, enero de 2021
ssss1.Véase https://www.abc.es/gestordocumental/uploads/economia/fe007a24af859ec8ce790387ba6b7755.pdf.
El documento para la reforma del Sistema Tributario Español está firmado por Manuel Lagares Calvo (Economista. Catedrático de Hacienda Pública en la Universidad de Alcalá), como su presidente y por ocho vocales: Sixto Álvarez Melcón (Economista. Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad Complutense de Madrid), Maximino Carpio García (Economista. Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid), Francisco Castellano Real (Economista. Catedrático de Hacienda Pública en la Universidad Nacional de Educación a Distancia), Juan Francisco Corona Ramón (Economista. Catedrático de Economía y Rector honorario de la Universidad Abat Oliba), Fernando Fernández Méndez de Andés (Economista. Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad Autónoma de Madrid), Rafael Ortiz Calzadilla (Catedrático de Hacienda Pública y Derecho Fiscal de la Universidad Complutense de Madrid y Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid), Pedro Manuel Herrera Molina (Jurista. Catedrático de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Nacional de Educación a Distancia) y Pablo Hernández de Cos (Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid y licenciado en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia).