Читать книгу Reproducción humana asistida y anonimato ¿violación o excepción al principio de verdad biológica? онлайн
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Sin embargo y pese a la situación social contemplada hasta el momento ante el aumento de demandas por parte de interesados en conocer sus orígenes biológicos, el Comité de Bioética, órgano consultivo del Ministerio de Sanidad, ha emitido distintos informes en los que viene reclamando una reforma legal del artículo 5.5 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, de reproducción humana asistida que elimine el actual régimen legal de anonimato en la donación de gametos (óvulos y espermatozoides). En su último informe emitido con fecha 15 de enero de 2020ssss1, los miembros de este órgano han consensuado que debería primar el derecho de una persona nacida mediante TRHA a conocer sus orígenes biológicos, sobre el derecho del donante a preservar su anonimato y que, en este sentido, el Estado debería implementar los medios materiales y personales necesarios para poder valorar en cada caso, qué supone el interés superior del menor y, proporcionar a los hijos nacidos de las TRHA el asesoramiento, apoyo y acompañamiento que puedan necesitar en el ejercicio de su derecho a la identidad y a conocer su origen biológico.