Читать книгу Los préstamos de la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y sus garantías онлайн

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Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, cuyo objeto como se declara en el preámbulo “consiste en la suspensión inmediata y por un plazo de dos años de los desahucios de las familias que se encuentren en una situación de especial riesgo de exclusión”. El artículo 1 determinaba los miembros de qué colectivos se consideraban especialmente vulnerables a los efectos de la suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales por dicho periodo de dos años.

La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de Medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, comúnmente denominada Ley antidesahucios. Su artículo 1 establecía: “Suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables”:

“1. Hasta transcurridos siete años desde la entrada en vigor de esta Ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a persona que actúe por su cuenta, la vivienda habitual de personas que se encuentren en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo.

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