Читать книгу Derecho Social a la Convergencia. La construcción de la Sociedad de la Información онлайн

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Finalmente, en relación con el marco regulatorio de Internet, también tenía lugar el clásico esquema pre-convergente. Las primeras normas sobre Internet referidas a las comunicaciones, dictadas en 1995, en lo sustancial, regulaban a la red en forma aislada de los servicios de comunicación tradicionales. Por caso, el concepto Internet no figura expresamente en la Ley 26.522.

En este marco, existían entonces tres corrientes regulatorias independientes en materia de telecomunicaciones, radiodifusión e Internet. Por otra parte, la naturaleza jurídica de cada una de estas tres legislaciones era distinta. Así, las normas que se ocupaban de los servicios de comunicación audiovisual partían de la base de que dichos servicios posibilitaban el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión y el derecho a la información. La comunicación era entendida y regulada como un bien social. Por otro lado, en materia de telecomunicaciones estaba presente la idea de la regulación de las infraestructuras e imperaba el derecho administrativo y de los consumidores. En ese orden de ideas, Zaffore (2000) afirma que la radiodifusión y las telecomunicaciones tienen una distinta naturaleza jurídica, señalando que no debe confundirse el conjunto de leyes y regulaciones de las telecomunicaciones, integrantes del derecho administrativo, con el derecho de la información, rama jurídica que estudia el desenvolvimiento de un derecho básico de la persona humana amparado por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.

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