Читать книгу La tiranía del mercado. El auge del Neoliberalismo en Chile онлайн

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La obra de Cristi que comentamos también contiene un estudio, el Ensayo IV, dedicado a la Constitución de 1980 y la consagración de las ideas que conforman la visión neoliberal del Estado, la concepción de persona y la sociedad que instala Guzmán en sus disposiciones. Entre ellas destaca el profesor Cristi la definición del bien común de su Art. N°1, que tiene como propósito resaltar el carácter accidental del Estado y contrastarlo con el carácter sustancial del individuo. Esta idea supone adoptar una posición filosófica que reconoce la primacía individual, cuya fuente deriva de una particular interpretación de la encíclica papal Mater et magistra. Es muy clarificador para Cristi el que Guzmán haya rechazado la idea de reconocer intereses colectivos como límites a los derechos, particularmente en el debate sobre el derecho de propiedad en que se enfrenta con los demás integrantes de la Comisión Constitucional. En esa controversia Guzmán sostuvo la idea de bien común y de armonía entre lo general y lo particular, dando primacía a la persona por ser sustancia y no accidente en una interpretación tomista. Sobre esta cuestión cabe preguntarse si lo que hace Guzmán respecto a la jerarquía que se desprende en el orden de los derechos, donde priman la libertad religiosa y la propiedad, por sobre los derechos políticos y los derechos económicos sociales, no corresponde también a una aplicación no reconocida del principio de distribución que Carl Schmitt expone en su obra Teoría de Constitución como idea normativa que da prioridad a algunos derechos respecto de otros (ver Schmitt, Teoría de la Constitución, Alianza Editorial, Madrid, p. 165). Cristi sostiene, por su parte, que Guzmán formula su concepción del Estado inspirado por la Doctrina social de la Iglesia, y le atribuye las siguientes tareas: primero, la defensa nacional, las relaciones exteriores, la dictación de normas jurídicas generales y la eliminación de la miseria. Y segundo, estipula que el Estado puede asumir actividades que los particulares no puedan desarrollar adecuadamente. Así, según Cristi, Guzmán le asigna al Estado las mismas funciones que corresponden al Estado mínimo del neoliberalismo, y asume como propia la concepción del Estado meramente protector, y no productor, que postulan destacados representantes del neoliberalismo, tales como Robert Nozick y James Buchanan. Se trata de un Estado al que le está vedado «producir» salud, educación y seguridad social. Para Guzmán, estas son funciones que le competen a las familias y a la Iglesia, y que deben organizar empresas privadas. Esta es, en verdad, según Cristi, la articulación de la idea de principio de subsidiariedad que inspira el pensamiento de Jaime Guzmán y que establece el vínculo o punto de contacto entre el pensamiento conservador de inspiración carlista y pontificia, con el neoliberalismo económico que se expresa en El Ladrillo y la Escuela de Chicago.

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