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La Constitución Alemana de 1949 (vigente), constituye una de las primeras constituciones del mundo en recoger expresamente el valor de la dignidad. A partir de su reconocimiento constitucional, la jurisprudencia alemana desarrollará la idea de Constitución como un orden objetivo de valores que fundado en la protección de la dignidad personal, vincula directamente a todos los órganos del Estado y se irradia sobre el resto del ordenamiento jurídico.

Respecto de su fundamento, puede anotarse que es una cualidad o atributo que hunde su raíz en la igual naturaleza de todos los seres humanos. Supone la consideración de la persona como un fin y no como un medio, así como nadie tiene derecho a hacer de otro su esclavo. La tradición cristiana aportó en su configuración con la afirmación del valor de cada ser humano, por muy humilde que sea, en tanto creado a imagen y semejanza de Dios.

Este valor/principio es usado por los tribunales como razonamiento o argumento para resolver conflictos normativos o de derechos, particularmente para preferir una interpretación a favor de la persona humana, por ejemplo: cuando se opta por el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación frente a la libertad de realizar una actividad productiva; en la reafirmación de derechos económico-sociales tales como el derecho a la salud, a fin de ordenar un tratamiento médico por parte del Estado; y como fuente de derechos no reconocidos expresamente en la Constitución, como el derecho a la propia imagen frente a publicaciones no consentidas.

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