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Según la Real Academia Española de la Lengua, legítimo puede entenderse como “conforme a las leyes” o “lícito”, es decir, “justo, permitido según justicia y razón”. El criterio de conformidad a las leyes es un estándar bajo, por cuanto las leyes mismas pueden ser ilegítimas. Una ley aprobada en dictadura no tiene por qué ser considerada legítima. El estándar que nos interesa, más bien, es el segundo: la legitimidad de una acción de gobernar se deriva de su apego a criterios de justicia.

Para el filósofo John Rawls (1971), “la justicia es la primera virtud de las instituciones sociales”. Y continúa: “Tal como la verdad lo es de los sistemas de pensamiento. Tal como una teoría, por muy elegante y económica que sea, debe ser rechazada o revisada si es falsa, así entonces las leyes e instituciones, no importa cuán eficientes sean, deben ser reformadas o

abolidas si son injustas”.

Los actos de gobierno tienden a ser reactivos respecto de la realidad social y política. Usualmente, primero pasan cosas en la sociedad. Hay cambios de preferencias y de valores, cambios tecnológicos, nuevas aspiraciones y metas que se fijan los ciudadanos, nueva evidencia que afecta su percepción de lo que es bueno o malo, justo o injusto. Las leyes aparecen como una respuesta que intenta alterar un patrón de conducta o conducir un proceso por vías formales. En ambos casos, las leyes impondrán costos y distribuirán beneficios en la población. Si dicho proceso es cuestionado, si hay una desproporción entre costos y beneficios, diremos que esas instituciones son injustas. Las instituciones injustas pierden legitimidad y, más importante, pierden efectividad para lograr lo que buscan.

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