Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género онлайн

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En este sentido, como hemos podido comprobar, los Estados miembros comparten una base común de Derecho internacional de los derechos humanos protector del menor, conformado por la Convención de Derechos del Niño, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Carta Europea de Derechos del Niño del Consejo de Europa y cuentan asimismo en la actualidad con un concepto jurídico común de menor extranjero no acompañado, solicitante de asilo o víctima de trata.

Sobre esta base, o los Estados miembros pueden adoptar mediante un Convenio Internacional un marco común de protección de los menores extranjeros no acompañados con la ventaja de que podrían unirse al mismo otros países interesados y vinculados a la UE, como los del Espacio Económico Europeo o Suiza, y cualquier otro Estado.

Otra opción quizás más viable sería la aprobación de un Convenio con esta finalidad en el marco del Consejo de Europa, considerando que todos los Estados de la Unión Europea y del continente Europeo a excepción de Bielorrusia forman parte del mismo. Como hemos apuntado, a posteriori dicho Convenio podría adoptarse por la Unión Europea incorporándose al acquis o acervo normativo de la UE.

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