Читать книгу Apuntes de Derecho Mercantil. Derecho Mercantil, Derecho de la Competencia y Propiedad Industrial онлайн
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La regulación comunitaria sobre libre competencia tiene además otra incidencia indirecta en nuestro ordenamiento jurídico, puesto que la Ley de Defensa de la Competencia española de 3 de julio de 2007 se inspira directamente en las normas comunitarias. Y hay que señalar también que las resoluciones del Tribunal de Defensa de la Competencia español, sustituido posteriormente por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, tienen especialmente en cuenta la doctrina establecida en las decisiones de la Comisión y las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
La protección de los consumidores no aparecía recogida en el texto original del Tratado de la Comunidad Europea. Esa protección fue sin embargo introducida por la Comisión y tomada también en consideración en las sentencias del Tribunal de Justicia. Hoy, sin embargo, el TFUE reconoce la competencia compartida entre la Unión y los Estados miembros para la protección de los consumidores [art. 4.2.f) en relación con el artículo 12]. Hay que destacar que el artículo 169, apartado 4, TFUE dispone que las acciones que adopte la Unión para protección de los consumidores «no obstarán» para que cada uno de los Estados miembros mantenga y adopte medidas de mayor protección. Este precepto es el que justifica que las Directivas de la Unión para la protección de los consumidores sean en general Directivas de mínimos, esto es, Directivas que no impiden a los Estados miembros adoptar medidas más protectoras de los consumidores que las incluidas en la propia Directiva.