Читать книгу Apuntes de Derecho Mercantil. Derecho Mercantil, Derecho de la Competencia y Propiedad Industrial онлайн
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Dentro de esta regulación se incluye el artículo 50.2 g) TFUE, donde se dispone que el Consejo y la Comisión ejercerán las funciones que les atribuyen las disposiciones precedentes en particular:
g) coordinando en la medida necesaria y con objeto de hacerlas equivalentes, las garantías exigidas en los Estados miembros a las sociedades definidas en el párrafo 2.º del artículo 54, para proteger los intereses de socios y terceros.
Y en el artículo 54 TFUE se equiparán las sociedades a las personas físicas nacionales de los Estados miembros a efectos de la libertad de establecimiento. Definiéndose en el artículo 54 párrafo 2.º que,
«Por sociedades se entiende las sociedades de Derecho civil o mercantil, incluso las sociedades cooperativas y las demás personas jurídicas de Derecho público o privado con excepción de las que no persigan un fin lucrativo».
El artículo 50.2 g) TFUE es muy importante puesto que en él se han basado todas las Directivas dictadas por la Comunidad en materia de sociedades mercantiles, cuya trasposición a la legislación española ha dado lugar a la mayor parte de las normas que rigen actualmente en materia de sociedades mercantiles.