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2.3. Las prestaciones

El SAAD establece tres tipos de prestaciones económicas: la vinculada a un servicio; para los cuidados en el entorno familiar y al apoyo a cuidadores no profesionales y la de asistencia personal. La prestación económica vinculada a un servicio es periódica y se reconoce solamente cuando no es posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en relación al grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario y según el acuerdo establecido entre el Estado y cada Comunidad Autónoma. Es una prestación personal vinculada a un servicio determinado.

La prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales permite mantener a la persona con discapacidad en su entorno familiar y apoya a los cuidadores no profesionales. Es una ayuda excepcional en el caso de que la persona con discapacidad esté siendo atendida por su cónyuge o sus parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado de parentesco y lo hayan hecho durante el período previo de un año de la fecha de la solicitud, siempre y cuando se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda y así lo establezca su Programa Individual de Atenciónssss1. También en materia de información y formación para los cuidadores no profesionales se establecen ayudasssss1.

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