Читать книгу Autonomía, dependencia y servicios sociales онлайн

169 страница из 187

• El Consejo Nacional de la Discapacidadssss1 es un órgano consultivo de carácter interministerial por medio del cual las organizaciones representativas de personas con discapacidad y sus familiares participan en la planificación, seguimiento y evaluación de las políticas que se desarrollan en materia de discapacidad.

• La Oficina Permanente Especializada (OPE)ssss1 depende del Consejo Nacional de la Discapacidad. Entre sus objetivos se encuentra el fomento de la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad. La OPE es la encargada de recoger todas las quejas o denuncias y las consultas de personas con discapacidad o instituciones asociadas que hayan sido objeto de discriminación y/o no se hayan cumplido las obligaciones de la Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal.

• El Estado ha establecido otros dos mecanismos de protección: un Sistema Arbitral y una Unidad de Infracciones y Sanciones. El Sistema Arbitralssss1 se encarga de la resolución extrajudicial de las quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad, cuando sean constitutivas de derechos. Por su parte, la Unidad de Infracciones y Sancionesssss1 se encarga de dos tareas. Por un lado, sanciona administrativamente cuando se vulneran los derechos de las personas con discapacidad en los casos en los que se producen discriminaciones directas o indirectas, acosos e incumplimiento de las exigencias de accesibilidad. Y, por otro lado, realiza ajustes para la consecución del cumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas.

Правообладателям