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ssss1. Véase JUSTE RUIZ, J., “El Derecho internacional ambiental entre la evolución y la involución”, Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, núm. 45, 2020, pp. 11-20.

ssss1. En sus siglas en inglés, Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático o Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático, organismo de las Naciones Unidas creado en 1988 para la evaluación científica del cambio climático, sus efectos y repercusiones, y para la propuesta de estrategias de respuesta ante los diversos escenarios climáticos. Hasta la fecha ha realizado cinco informes de evaluación, encontrándose, en estos momentos, en fase de elaboración de su sexto informe (AR6).

ssss1. Como señala JUSTE RUIZ, J., “La conferencia de Chile-Madrid (COP25): otra cita malograda en la acción internacional para combatir el cambio climático”, en La regulación de la energía limpia ante la emergencia climática (Revuelta Pérez y Alonso Mas dir.ª), Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2020, p. 465.

ssss1. De acuerdo con su disposición final decimocuarta, solo incorpora, puntualmente, en lo relativo a la instalación de puntos de recarga eléctrica, la Directiva 844/2018, de 30 de mayo.

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