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ssss1. VALENCIA MARTÍN, G., pp. 167.

ssss1. Las leyes de Cataluña (Ley 16/2017, de 1 de agosto), de Andalucía (Ley 8/2018, de 8 de octubre) y de Illers Balears (Ley 10/2019, de 22 de febrero. Véase al respecto DE LA VARGA PASTOR, A. “Estudio de la ley catalana 16/2017, de 1 de agosto, de cambio climático y análisis comparativo con otras iniciativas legislativas subestatales”, en Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. IX n.° 2, 2018, pp. 1-56; y DEL CASTILLO MORA, D. “La ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un modelo energético de Andalucía”, en la obra El Derecho ante el reto del cambio climático, cit., pp. 159 y ss. Otras Comunidades Autónomas también iniciaron el procedimiento de aprobación de leyes propias en la materia, que previsiblemente se detengan ahora a la espera de la anunciada ley básica estatal. Así, por eje., el anteproyecto de Ley de cambio climático del País Vasco, de 4 de junio de 2019, comentado por MORENO GARCÍA, J., “Las políticas en materia de cambio climático en el País Vasco”, en la misma obra antes citada, pp. 211 y ss; el anteproyecto de Ley Foral navarra de cambio climático y transición de modelo energético, de 19 de julio de 2019; o la simple consulta previa a la elaboración de una ley valenciana sobre cambio climático y transición energética, de 7 de octubre de 2019.

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