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Así mismo, reconocen cómo, en el análisis de estos documentos «se observó un alto grado de heterogeneidad (…) presentando grados de detalle muy dispares, estructuras diferenciadas y ámbitos de actuación divergentes», si bien, lo que sí pudieron comprobar es que prácticamente en todos ellos se hacía referencia a la Recomendación 331/2001 «como elemento clave en la estructuración y planteamiento de los documentos de planificación»ssss1.

Para llegar a estas conclusiones, este Proyecto REDIA se ha centrado en los siguientes aspectos:

• En la naturaleza de los documentos analizados.

Sobre esta cuestión, en él se indica que en su análisis pudieron observar que cinco documentos de planificación habían sido aprobados por una norma y publicados en un Boletín Oficial, mientras que los cuatro restantes se clasificaron como documentos internos de trabajo (fueran o no puestos a disposición del público por otros medios). REDIA se manifiesta a favor, señalando al respecto que «parece razonable que los documentos estratégicos (planes plurianuales) tengan el carácter de norma reglamentaria y adquieran publicación oficial dado que este proceder genera seguridad jurídica y estabilidad institucional a los Sistemas de Inspección Ambiental de cada Comunidad Autónoma. Sin embargo, los documentos operativos (programas) encajan más claramente como documento técnico de carácter interno»ssss1. Si bien, recuerdan, «sin perjuicio de su puesta a disposición del público a través de las webs institucionales u otros medios disponibles».

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