Читать книгу Estudios procesales sobre el espacio europeo de justicia penal онлайн

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ssss1. El objeto de la norma es adaptar el ordenamiento español al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. Se concibe la Fiscalía europea como un órgano independiente y descentralizado de la Unión Europea (UE) con competencias para investigar y acusar, ante los órganos judiciales de los Estados miembros, en aquellos delitos que afecten a los intereses económicos de la UE. En este sentido, la Fiscalía Europea será el organismo encargado de perseguir prácticas criminales como el fraude de ayudas o subvenciones europeas, corrupción que afecte a fondos transferidos por la UE o delitos graves de defraudación de IVA transfronterizo. En los distintos Estados miembros partícipes (22 por el momento), la actuación descentralizada se llevará a cabo a través de los Fiscales Europeos Delegados que, de acuerdo con el Reglamento, dirigirán la investigación penal y conocerán en relación con esos delitos. Los resultados y experiencia que se extraiga tras su puesta en marcha y funcionamiento pueden servir de referencia para la extensión de sus funciones y atribuciones, tal y como es el planteamiento del presente trabajo, a otros ámbitos y tipos delictivos de carácter transfronterizo y grave. LLORENTE SÁNCHEZ-ARJONA, M., “La fiscalía europea y la investigación de la criminalidad organizada y económica”, Cooperación judicial penal en la Unión Europea: reflexiones sobre algunos aspectos de la investigación y el enjuiciamiento en el espacio europeo de justicia penal, dir. M.I. González Cano, Tirant lo Blanch, Valencia, 2015, pp. 317-366.

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