Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн

13 страница из 192

Concretamente el apartado 2 del artículo 1, replica el artículo 1.2 de la Convención al establecer que “Son personas con discapacidad aquellas que presenten deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás”.

Del precepto es destacable asimismo que no es necesario el reconocimiento oficial de la discapacidad y su baremo de incapacidad física a los efectos oportunos.ssss1

Le siguen el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Asimismo, la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal; la Ley de Jurisdicción Voluntaria (Ley 15/2015, de 2 de julio) modificada por la Ley 4/2017, de 24 de junio, en relación con el derecho de las personas con discapacidad a contraer matrimonio en igualdad de condiciones; la Ley Orgánica 1/2017, de 13 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, y Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Правообладателям