Читать книгу El trabajo a distancia: una perspectiva global онлайн
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• En ningún caso la aplicación de esta Ley podrá tener como consecuencia la compensación, absorción o desaparición de cualesquiera derechos o condiciones más beneficiosas que vinieran disfrutando las personas que prestasen sus servicios a distancia con anterioridad.
• Se aplica a los contratos de trabajo preexistentes solo desde que pierdan su vigencia los convenios que venían aplicándose. Supletoriamente, a partir de 10 de julio de 2022ssss1.
• El acuerdo de trabajo a distancia o las adaptaciones de los preexistentes debía formalizarse en el plazo de tres meses desde que la Ley resultara de aplicación a la relación laboral concreta.
Respecto del trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19 aparece claramente esta renuncia legislativa a incidir sobre lo que está en curso:
Estas últimas previsiones suscitan múltiples dudas. ¿No hay compensación de gastos si la negociación colectiva calla al respecto? ¿Es imposible resolver estas cuestiones a partir del significado que posee la nota de ajenidad o dependencia? ¿Tiene sentido que el Real Decreto-Ley precursor de la vigente Ley 10/2010 se dictara para afrontar los problemas suscitados por el trabajo a distancia durante la pandemia y que, justamente, quedase al margen de sus previsiones?