Читать книгу Comentarios a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética онлайн

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Dicho Informe de Síntesis señala que “para limitar realmente los riesgos del cambio climático, es necesario reducir de forma sustancial y sostenida las emisiones de gases de efecto invernadero. Y en la medida en que la mitigación reduce la tasa y la magnitud del calentamiento, también dilata el tiempo de que disponemos para la adaptación a un nivel determinado del cambio climático, potencialmente en varios decenios”. Vid. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/cumbre-cambio-climatico-cop21/el-cambio-climatico/ (último acceso: 30 de mayo de 2021).

Al respecto, PAREJO ALFONSO, L., “Cambio climático, riesgo global e innovación continuada”, en El derecho ante la innovación y los riesgos derivados del cambio climático (Parejo Alfonso, dir.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2015, pp. 15-54.

ssss1. JUSTE RUIZ, J., “El Derecho internacional ambiental entre la evolución y la involución”, Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n1. 45, 2020, pp. 11-20.

ssss1. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/el-proceso-internacional-de-lucha-contra-el-cambio-climatico/naciones-unidas/CMNUCC.aspx.

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