Читать книгу Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958) онлайн

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Desde 1891, existían amenazas de una nueva guerra civil con enfrentamientos entre las fuerzas de mar y tierra, e incluso, entre facciones internas de ambos. Desde 1924 esta posibilidad se había intensificado con los movimientos militares asociados con las Juntas militares de 1924-25 y luego la caída de la dictadura de Ibáñez140. La sublevación de la Escuadra pudo haber hecho realidad esta pesadilla; de hecho, los sublevados amenazaron el 6 de septiembre con destruir con los cañones de los barcos las ciudades de La Serena y Coquimbo si el Gobierno no aceptaba sus demandas. La reacción de la oficialidad institucional fue casi unánime: había que castigar a los rebeldes.

El proceso judicial

Los tripulantes y suboficiales fueron sometidos a consejos de guerra en Talcahuano, Valparaíso, San Felipe y La Serena, de acuerdo al Código de Justicia Militar adoptado en 1926 por el Ejército y 1927 por la Armada. La Corte Marcial de La Serena enjuició a la tripulación del O’Higgins. La Corte Marcial establecida en San Felipe procesó a la tripulación del Latorre y la Corte Marcial de Valparaíso enjuició al resto de los detenidos provenientes de los barcos, submarinos y destructores y de las instalaciones en tierra que participaron en el motín141. Los líderes y participantes de la sublevación fueron condenados a diferentes penas, incluyendo sentencias de muerte; otros fueron absueltos142. Estando el país bajo estado de sitio, declarado el 5 de septiembre y de acuerdo al Código de Justicia Militar, se trataba de delitos «en tiempo de guerra». Los sublevados fueron acusados por los siguientes delitos:

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