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En la teoría contractualista, el principio de justicia se estableció como uno de igualdad en una “posición original”, que se consideraba como el estado de la naturaleza. Por supuesto, esto no se refiere a un momento histórico preciso, ni a la situación existente en alguna cultura primitiva. La posición original era, por lo tanto, un concepto difuso.

La contribución de Rawls a esta reflexión es que la posición original debe entenderse como esa situación hipotética que permite desarrollar un principio de justicia sin prejuicios. El problema es que nuestra idea de justicia probablemente esté influenciada por la posición que ocupamos en la sociedad. Los ricos considerarán que lo que tienen les pertenece en justicia porque, ellos o sus antepasados, han hecho esfuerzos para acumularlo. Los pobres afirmarán que la sociedad no les ha dado las oportunidades correspondientes y que su precaria situación obedece a las condiciones que se les han impuesto desde hace mucho tiempo. Los ricos pedirán al Estado medidas que, desde la perspectiva de los pobres, pueden ser amenazantes, como la flexibilidad laboral. Los pobres votarán por medidas redistributivas que los ricos considerarán inaceptables y contrarios a los incentivos económicos. Así, la idea de justicia que cada uno tiene se correlaciona con su posición en la sociedad.

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