Читать книгу El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli. El tránsito del antiguo régimen al liberalismo en los estados señoriales de Segorbe, Dénia y Aitona онлайн
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En cuanto al tercio diezmo y primicia, el valor de las rentas percibidas era tan escaso como en La Vall d’Uixó, poco más del 2% del total de las prestaciones. Y la explicación de la parquedad de estas rentas también es la misma: los habitantes de la Sierra de Eslida satisfacían una cantidad fija en dinero al obispado de Tortosa, el diezmo compuesto, sin pagar cantidad alguna por este tributo a la hacienda señorial.
CUADRO 13
Ingresos de la Casa ducal por partición de frutos en la Sierra de Eslida en 1765
Fuente: Elaborado a partir de B. Venero, op. cit., pp. 31-104.
El resto de los componentes de la renta señorial, monopolios y derechos privativos, eran muy poco relevantes, solo un 15% de los ingresos totales. El carácter privativo de los procesos de distribución y transformación de la producción, común a todos los señoríos, no presuponía su aprovechamiento por la hacienda ducal. Bien por la cortedad de población, que impedía la viabilidad de ciertas actividades económicas, bien porque otras se habían establecido enfitéuticamente con unos cánones muy reducidos, el resultado eran unas percepciones muy alejadas de su auténtica potencialidad recaudatoria. El señor no había podido constituir monopolios sobre la distribución de la producción en cuatro de las seis poblaciones de la Sierra de Eslida. En l’Alcúdia, Veo y Aín, el reducido número de vecinos había impedido la instauración de tiendas, panaderías y tabernas, mientras que en Eslida la panadería no entregaba emolumento alguno a la Casa ducal.