Читать книгу Apuntes de Derecho Mercantil. Derecho Mercantil, Derecho de la Competencia y Propiedad Industrial онлайн
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«considerando que la aplicación directa de un Reglamento exige que su entrada en vigor y su aplicación en favor o a cargo de los sujetos de derecho se realicen sin ninguna medida que suponga recepción en el Derecho nacional;
que los Estados miembros están obligados, en virtud de las obligaciones que resultan del Tratado y que han asumido al ratificarlo, a no obstaculizar el efecto directo propio a los Reglamentos y otras reglas del Derecho comunitario;
que el respeto escrupuloso de este deber es una condición indispensable para la aplicación simultánea y uniforme de los Reglamentos comunitarios en el conjunto de la Comunidad;
que, más particularmente, los Estados miembros están obligados a no adoptar ninguna medida susceptible de afectar la competencia del Tribunal para pronunciarse sobre cualquier cuestión de interpretación del Derecho comunitario o de validez de un acto adoptado por las instituciones de la Comunidad, lo que implica que no sería admisible ningún procedimiento por el que se disimulara a los justiciables la naturaleza comunitaria de una regla jurídica;