Читать книгу Apuntes de Derecho Mercantil. Derecho Mercantil, Derecho de la Competencia y Propiedad Industrial онлайн

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que la competencia del Tribunal, especialmente en virtud del artículo 177 (actual art. 234), se mantiene íntegra a pesar de cualquier disposición legislativa nacional que pretendiera transformar en Derecho nacional una regla de Derecho comunitario».

Y en la posterior Sentencia de 2 febrero 1977 (Caso Amsterdam Bulb contra Produkschap voor Siergewassen, Rec. 1977, 1.ª parte, pgs. 137 y ss., en concreto pg. 147), después de reiterar la doctrina del Caso Variola, se declara expresamente.

«que, por tanto, los Estados miembros no podrían adoptar, ni permitir a los organismos nacionales que tengan un poder normativo, adoptar un acto por el que disimularían a los justiciables la naturaleza comunitaria de una regla jurídica y los efectos que resultan de ella» (núm. marginal 7).

La misma doctrina se reitera en la Sentencia de 31 enero 1978 (Caso Fratelli Zerbone contra Amministrazione delle finanze dello Stato. Rec. 1978, 1.ª parte pgs. 99 y ss., en concreto pg. 116), donde se declara, además, que la Administración nacional, en casos de dificultad de interpretación de un Reglamento comunitario puede adoptar medidas de aplicación para superar las dudas que se planteen, pero

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