Читать книгу El derecho de obtención vegetal. Requisitos de protección de las variedades vegetales онлайн

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ssss1. La aprobación de la de la Ley 3/2000 de 7 de enero de Régimen jurídico de las obtenciones vegetales obedeció al deseo de adaptar la normativa internacional al Acta del Convenio de la UPOV de 1991 y al Reglamento (CE) 2100/94, así como a los avances en materia de biotecnología y de ingeniería genética experimentados desde la aprobación de la Ley de 1975, que aceleraron los procesos de obtención de variedades. GALLEGO SÁNCHEZ, E., “El sistema de protección…”, op. cit., pg. 64.

ssss1. LÓPEZ ARANDA, J.M.; PARDO DE TAVERA SEMON, S; RODRÍGUEZ CARRIÇON. A; “La propiedad intelectual sobre la materia aviva vegetal y la Ley 3/2000 de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales” en AMAT LLOMBART, P. La propiedad industrial sobre obtenciones vegetales y organismos transgénicos, Tirant lo Blanch, Valencia, 2007, pg. 72.

ssss1. Art. 1.2 LOV.

ssss1. Art. 4 LOV.

ssss1. La Oficina Española de Variedades Vegetales tiene encomendadas diversas materias que forman en su conjunto un solo cuerpo legislativo, regulando en primer lugar, todo lo relacionado con la obtención, caracterización y evaluación de las variedades vegetales, y su inclusión en el Registro de Variedades (Comerciales y Protegidas), la interconexión entre ambos Registros de Variedades conforman un sistema por el que se reconocen derechos de propiedad y permisos de comercio y se armonizan los derechos de los obtentores, los productores, los agricultores y los consumidores. https://www.mapa.gob.es/ (Consultada por última vez el 17.07.2020).

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