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De acuerdo con los compromisos climáticos internacionales y con los avances de la construcción normativa europea en este ámbito, nuestro país está innovando las bases climáticas y energéticas de su ordenamiento jurídico, tanto de manera “urgente” a través del uso de reales decretos-leyes, como mediante la definitiva aprobación de un marco legal básico, esto es, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética (LCCTE, en adelante).

Esta citada ley y el Derecho europeo constituyen el objeto principal de atención en el presente trabajo, en el que la dimensión de la descarbonización de la Estrategia de la Unión de la Energía de la Unión Europea, con la penetración masiva de las energías renovables, se posiciona en un lugar preferente, y en el que se pretende realizar una aproximación a algunas de las múltiples cuestiones jurídicas que concurren; claves jurídicas generales que diversificaré en principios, objetivos y planificación, con una última reflexión sobre la necesidad de un marco legal de cabecera en materia de energías renovables. Además, este trabajo sobre transición energética se elabora en un momento de clara transición jurídica, con la revisión del bloque normativo europeo, por lo que con esa transitoriedad hay que entender su contenido.

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