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Junto con los tradicionales principios que ya operan, y deben seguir articulándose, en el sistema energético se están configurando otros que, concretando la sostenibilidad, sirven de fundamento a su transformación para el logro definitivo de los objetivos. De esta forma, existen principios que se están reforzando para dotar de seguridad al sistema, en todos sus aspectos, incluida la seguridad jurídica, o para facilitar su producción distribuida y descentralizada, como el relativo a la autogestión energéticassss1 en la que los consumidores se sitúan en el centro de la transición energéticassss1.
Ha sido esencialmente el trabajo de la Comisión el que ha ido configurando en sucesivos documentos algunos nuevos principios, incluso en el aspecto de la técnica normativa con el principio de “no ocasionar daños del Pacto Verde Europeo”ssss1, que ya aparece como fundamento de la que fue denominada Ley Europea del Climassss1. Pero, sin duda, el principio que hay que mencionar es el de “primero, la eficiencia energética” que, como desarrollo del paquete de invierno, ha sido normativizado y definido por el Reglamento UE sobre gobernanzassss1, en su artículo 2, apartado 18)ssss1.