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ssss1. Vid., supra, apartado IV.4.
ssss1. Art. 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en la redacción dada al mismo por la Ley 40/2015. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética (disposición final quinta) ha añadido ahora un nuevo contenido para la Memoria del análisis de impacto normativo, el relativo al “impacto por razón de cambio climático, que deberá ser valorado en términos de mitigación y adaptación al mismo” [nueva letra h) del art. 26.3 de la Ley 50/1997].
ssss1. Extraemos la información que sigue sobre la tramitación del anteproyecto del propio Dictamen del Consejo de Estado (de 12 de marzo de 2020, núm. de expediente 204/2020) al que ahora haremos referencia, y de los antecedentes disponibles en el portal de transparencia de la Administración General del Estado(https://transparencia.gob.es/servicios-buscador/contenido/normaelaboracion.htm?id=NormaEV32L0-20190801&lang=es&fcAct=2020-10-23T09:21:46.739Z).
ssss1. En la versión final del anteproyecto (disponible en el portal de transparencia antes indicado), los artículos del Título VI (medidas de transición justa) habían pasado a ser los arts. 25 y 26. La comentada modificación afectaba al, ahora, art. 25.1.