Читать книгу Organización y llevanza del Registro Contable de Valores: responsabilidad de la sociedad de sistemas y entidades participantes онлайн
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“La Ley de Mercado de Valores, LMV (24/1988 de 28 de julio, BOE del 29), más aún como ha quedado modificada por la Ley 37/1998 de 16 de noviembre (BOE del 17) –su ‘reforma’– tiene trascendencia histórica. Establece un nuevo marco institucional completo, a nivel de Ley formal, para esta materia”.
Si éste es el contexto en el que se mueven los Mercados de Valores, la responsabilidad de la Sociedad de Sistemas y de las entidades participantes, se asienta sobre unos pilares bien definidos: el propio sistema de registro contable, como núcleo de la cuestión, pues los valores negociables representados por medio de anotaciones en cuenta necesitan de anotación en el registro contable, y de los sujetos encargados de la llevanza del registro: la Sociedad de Sistemas y las entidades participantes. El funcionamiento y eficacia del sistema dependen de la aptitud de los encargados y de la seguridad que ofrezca el registro contable, dado que los valoresssss1 y derechos ya no tienen existencia física (como sí sucedía en los títulos valores), y su contenido estará establecido por lo que aparezca anotado, de ahí la importancia de determinar la responsabilidad de las entidades encargadas de la llevanza del registro contable y de la Sociedad de Sistemas.