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II. LA EXTREMA NECESIDAD DE LA TUTELA CAUTELAR EN TIEMPOS DE CRISIS

Las crisis sociales y económicas exigen una rápida respuesta judicial a los problemas vitales de los ciudadanos: cuanto más urgente es resolver sus necesidades más rápido debe ser la respuesta judicial y, como es obvio, ésta no puede esperarse a que se dicte sentencia. La crisis financiera de 2008 y la sani-taria-económica de 2020 son dos ejemplos reveladores: la primera, condujo a la depresión del sistema bancario español, y la segunda está provocando el colapso hospitalario –con miles de muertos– y conduciendo a la ruina económica de miles de trabajadores autónomos y de pequeñas empresas que no pueden soportar el estado de inactividad social que ha provocado el COVID-19. En esta última crisis la tutela cautelar se ha revelado básica y esencial para la pronta protección judicial de los ciudadanos:

a) Frente a la crisis sanitaria, se dictaron centenares de medidas cautelares que ordenaron a las autoridades públicas la entrega inmediata de batas impermeables, mascarillas fpp2 y fpp3, gafas de protección y demás equipos de protección individual a los profesionales sanitarios, pudiéndose tomar como buen punto de referencia el auto de 20 de abril de 2020 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo (ECLI:ES:TS:2020:2446A)ssss1.

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