Читать книгу Aspectos fundamentales de la Mediación civil y mercantil. Especial referencia a la mediación en la Comunitat Valenciana онлайн
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II. MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (ADR)
1. La incorporación de las ADR a la Justicia: origen de la mediación (el movimiento ADR)
Aunque puede decirse que desde siempre han existido una variedad de mecanismos de solución de controversias, la concepción de un Estado de Derecho conformado por tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) supuso la distribución entre ellos de las diversas potestades, así como la atribución al Poder Judicial de la función de resolver los conflictos entre los ciudadanos.
El progresivo crecimiento y desarrollo de las sociedades y con ellas de la industrialización trajo inevitablemente un incremento de la conflictividad y, poco a poco de manera paulatina, la formación de una cultura litigiosa en el ciudadano, que desembocó en la llamada hiperjudicialización de la sociedad. La misma acarreó lentamente, pero de forma gradual, una sucesiva falta de capacidad del sistema judicial para gestionar esta situación adecuadamente.
Así y frente al excesivo protagonismo del Poder Judicial surge el “movimiento ADR” (Alternative Dispute Resolution), cuyo origen suele situarse en EEUU en la década de los setenta del siglo pasado. En concreto, es mayoritaria la doctrina que piensa que el germen se encuentra en la conocida como Conferencia Pound (The Pound Conference: perspectives on justice in the future), celebrada en 1976. El objetivo del Congreso –dirigido a la comunidad jurídica en general: profesores universitarios, jueces, fiscales, abogados, etc.– fue analizar y debatir sobre las ineficiencias del sistema judicial estadounidense, así como proponer soluciones frente al evidente colapso judicial y la falta de medios personales y materiales en el ámbito de la justicia. Ante la insatisfacción que el sistema judicial producía en la ciudadanía se sugirió la instauración de las ADR como “otras” vías para resolver conflictos (o, al menos, determinados tipos de conflictos), destacando entre sus ventajas la mayor flexibilidad, la rapidez y su menor coste.