Читать книгу Los préstamos de la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y sus garantías онлайн

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En primer lugar, desde el punto de vista de técnica legislativa se ha observado un cambio de criterio en cuanto a las prórrogas del estado de alarma:

Efectivamente el Decreto de 14 de marzo tuvo una vigencia de 15 días y cada 15 días el gobierno pidió autorización al Congreso para una nueva prórroga por el mismo periodo de tiempo.

Sin embargo, el Real Decreto de 25 de octubre de 2020, tras la oportuna autorización del Congreso, se prorroga por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, hasta el 9 de mayo de 2021.

A pesar de ser cuestión que ha generado no pocas polémicas, tanto con la primera solución como con la segunda, hay que decir que ni el artículo 116 de la CE, ni el artículo 6 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, que desarrolla el precepto constitucional establecen, ni límite al número de prórrogas que el gobierno puede solicitar, ni establece –y de ahí el cambio a que hago referencia– que la autorización al Congreso deba estar sujeta al plazo máximo que se permite al Decreto inicial del Consejo de Ministros.

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