Читать книгу Los préstamos de la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y sus garantías онлайн
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En segundo lugar, a raíz de la mencionada declaración de 14 de marzo se dio paso a una serie de Reales Decretos Leyes que concretan, desarrollan o regulan las consecuencias de la nueva situación. Esto tampoco es demasiado discutible: como se sabe la cláusula de la extraordinaria y urgente necesidad es la que justifica esta potestad del Gobierno que se limita a 30 días pasados los cuales ha de ser refrendada por el Congreso.
En muchas ocasiones se ha cuestionado que se use por los sucesivos gobiernos tal medio porque se estimaba que no había tal necesidad extraordinaria y urgente, reciente es el caso del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, publicado en el BOE del 18 de diciembre de 2018, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que finalmente no fue refrendado por el Congreso, aunque luego se aprobase uno idéntico, el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo que ya sí fue aprobado por el Congreso a través de su Diputación permanentessss1: cambiar el límite máximo o mínimo de las prórrogas anuales es una opción legítima, puede que sea necesaria (sea lo que sea necesario, hay quien piensa que es necesario reducir y quien piensa que es necesario prolongar, curiosamente quienes lo propugnan, al hacerlo, parecen buscar un acercamiento a la norma de 1964) lo que no se aprecia por ninguna parte es lo extraordinario, ni urgente de este asunto. Baste pensar que cuando se produjo el Decreto Boyer, se pensó que era urgente modificar el sistema de prórrogas legales tan lesivo para los intereses del propietario, sin embargo tal Decreto no tuvo eficacia retroactiva y la nueva Ley de arrendamientos urbanos no se publicó hasta casi 10 años después. Con todo, por concluir con el ejemplo, enseguida se habrá de ver que aquí no terminan los avatares de la legislación arrendaticia urbana.