Читать книгу Los préstamos de la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y sus garantías онлайн

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ssss1. Loc. ult. cit. p. 332.

ssss1. Ver MARTÍN PASTOR, J. La Ley 1/2013 de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, LA LEY 2928/2013.

ssss1. LA LEY 126867/2019.

ssss1. Naturalmente es una cuestión opinable, de hecho hay quien como BANACLOCHE se ha pronunciado radicalmente en contra de las sucesivas prórrogas del estado de alarma inicial: “no parece constitucionalmente posible una ampliación del estado de alarma por un período superior a 15 días. Primero, porque la prórroga de un plazo no puede ser superior al propio plazo que prorroga. Así se dice expresamente en relación con el estado de excepción, y debe ser igual para cualquier caso análogo. Si permanecen las circunstancias que han justificado la declaración de la alarma, cabe que se aprueben prórrogas sucesivas, pero siempre con el límite temporal que marca la Constitución para la duración inicial: 15 días.

Pero además, si se aceptara que no existe límite alguno para la prórroga del estado de alarma, podría acordarse una duración de tres meses, seis meses, un año. Sería únicamente una cuestión de oportunidad política, pero no de exigencia constitucional. Creo que nadie puede considerar como conforme a nuestra Constitución una situación similar, que consagraría por largo tiempo una restricción de derechos al margen de toda proporcionalidad”. Esto último es lo que ahora ha ocurrido precisamente. Reconoce, no obstante, el autor que “el estudio de los antecedentes históricos del art. 116 de la Constitución Española no aporta ninguna solución a la cuestión y tampoco los de la Ley Orgánica que lo desarrolla. Por lo tanto, la respuesta debe surgir no de la interpretación literal de la norma, sino atendiendo a su espíritu y finalidad, como dice el Código Civil” Ver https://www.iustel.com//diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1198292&. Debo añadir que la comparación con lo regulado en cuanto al plazo para el estado de excepción, que el propio autor realiza, lejos de apoyar su teoría, la cuestiona: el artículo 15 de la Ley Orgánica fija un plazo máximo de prórroga para el estado de excepción de otros 30 días, si la Ley no lo hace para el de alarma es porque no hay tal límite.

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